Firmeza y recurso son
incompatibles. la pendencia del recurso o la posibilidad de que pueda estarlo la
impedirá. Según dispone el art. 207.2 LEC “son resoluciones firmes aquéllas
contra las que no cabe recurso alguno”, y según el punto 4 del mismo precepto
“transcurridos los plazos previstos para recurrir una resolución sin haberla
impugnado, quedará firme”.
Opinión, noticias e información sobre Derecho Procesal (el blog de José Bonet Navarro)
lunes, 5 de febrero de 2018
lunes, 29 de enero de 2018
¿Son admisibles las diligencias finales en el juicio verbal?
A diferencia de lo que ha ocurrido con el
trámite de conclusiones, las diligencias finales no han sido objeto de atención
por el legislador en el contexto del juicio verbal hasta la actualidad. Así,
debido a la ubicación sistemática del art. 435, parece que solamente hubieran
sido previstas para el juicio ordinario.
lunes, 22 de enero de 2018
¿Las alegaciones conclusivas son exigibles en el juicio verbal?
Las alegaciones conclusivas tienen por
objeto la crítica del resultado de las pruebas practicadas en el proceso, así
como la reconsideración de las tesis jurídicas que se han mantenido en el
mismo. Por tal motivo, procederá su realización tras la actividad probatoria
(oralmente al final del juicio o por escrito en el plazo de cinco días tras la
práctica de las diligencias finales) y antes de la sentencia.
miércoles, 17 de enero de 2018
Formulario de solicitud de expediente de jurisdicción voluntaria de consignación
AL JUEZ DECANO DE PRIMERA INSTANCIA DE (...)
D./ña. (…) Procurador/a de los Tribunales, en nombre
y representación de D./ña. (…) (o de la
mercantil (…) que acredito mediante la escritura de poder núm. (…) otorgada
ante el notario de (…) en fecha (…) (documento 1) que solicito se me devuelva,
una vez quede constancia en autos por serme necesaria para otros asuntos, con
la asistencia letrada de D./ña. (…) (Colegiado/a núm. (…)
ante ese Juzgado comparezco y, como mejor proceda en
derecho DIGO:
lunes, 15 de enero de 2018
La prueba pericial en el juicio verbal
La prueba
pericial permite constatar la mejora regulatoria que supuso la introducción de
la contestación escrita en el juicio verbal. Al suprimirse la
contestación oral en los juicios verbales, se han eliminado las múltiples
deficiencias que presentaba su regulación. Actualmente, la LEC regula
expresamente la aportación de la prueba pericial para el juicio ordinario y ahora
también para todo el verbal.
lunes, 18 de diciembre de 2017
Qué hacer si hay condena en costas y no se pagan
En el caso de que haya condena en costas y no sean
satisfechas voluntariamente por el condenado a su pago, se procederá a determinar
el importe concreto de los gastos procesales que hayan sido soportados por la
parte beneficiaria de la condena en costas y que, además, deban ser
reembolsados.
La tasación incluirá las partidas de gastos a los que se
refiere el art. 241.1.II LEC, incluidas las que genere el correspondiente
trámite de tasación.
lunes, 11 de diciembre de 2017
Antes de recurrir, ver si cabe aclarar, rectificar, subsanar o complementar
Previamente a la
decisión de interponer un recurso, conviene comprobar si, por la existencia de
oscuridad, error u omisión, hay alguna posibilidad de modificar la resolución.
Es así porque, sin perjuicio de la invariabilidad general de las resoluciones
desde el momento de su firma, se podrá “aclarar algún concepto oscuro y
rectificar cualquier error material de que adolezcan… Las omisiones o
defectos de que pudieren adolecer sentencias y autos y que fuere necesario
remediar para llevarlas plenamente a efecto podrán ser subsanadas” (art. 267.1
y 4 LOPJ).
lunes, 4 de diciembre de 2017
Presumir para fijar hechos
Las presunciones se relacionan sin duda con el objeto de la
prueba, no en vano los hechos favorecidos por una presunción se consideran como
exentos de prueba (art. 385.1 LEC). Así y todo, la citada exención se produce
porque ha habido prueba de otro hecho, o hechos (así, por ejemplo, STS, Sala
1ª, Secc. 1ª, 21 de marzo de 2007) que, por existir un nexo o enlace suficiente
entre ambos, permite considerar como acreditado el presumido y así su exención
probatoria (entre otras, SSTS, Sala 1ª, Secc. 1ª, 29 de noviembre de 2007; 4 de
diciembre de 2007; y 22 de febrero de 2007).
lunes, 27 de noviembre de 2017
Responsabilidad por la utilización de la tutela cautelar en el proceso civil
Un aspecto particularmente relevante a la hora de decidir si
se solicita una medida cautelar, y, derivadamente, si resulta interesante
litigar, es la responsabilidad del solicitante de la medida cautelar cuando
deviene en injusta por no haberse dictado una resolución favorable al
solicitante.
En efecto, si se estima la oposición formulada por el sujeto
pasivo de la medida cautelar se generará responsabilidad. Dispone el art. 741.2.III LEC que “si alzare las medidas cautelares, condenará
al actor a las costas y al pago de los daños y perjuicios que éstas hayan
producido”.
lunes, 20 de noviembre de 2017
La ejecución del auto que decide una medida cautelar en el proceso civil
El auto por el que se acuerda adoptar una medida cautelar es título de ejecución con base en el art. 517.2.9º LEC en relación con el art. 738 de la misma.
Procederá la ejecución, aunque el auto no sea firme, conforme a lo previsto en el art. 735.2.II LEC. Según este precepto, si bien cabrá apelación contra el auto que acuerde medidas cautelares, el recurso carecerá de efectos suspensivos.
lunes, 13 de noviembre de 2017
¿Realmente la costumbre debe probarse siempre?
El conocimiento y la debida aplicación del derecho es, en
principio, uno de los deberes del juzgador (iura
novit curia). Esto implica que no deberá probarse el derecho propio,
incluidos los Tratados internacionales ratificados, así como, en el caso
español, las normas procedentes de la Unión Europea que sean directamente
aplicables en los estados miembros. Además, conforme al art. 218.1 LEC, el
juzgador “resolverá conforme a las normas
aplicables al caso, aunque no hayan sido acertadamente citadas o alegadas por
los litigantes”. Así y todo, es necesaria alguna precisión, entre otras
cosas, en relación con la costumbre.
lunes, 6 de noviembre de 2017
Lo notorio no se prueba
La notoriedad como eximente de prueba forma parte de nuestro
acervo jurídico (notoria non egent
probatione). Y responde a la lógica, al evitar actividades probatorias
inútiles. Actualmente art. 281.4 LEC dispone que “no será necesario probar los
hechos que gocen de notoriedad absoluta y general”.
lunes, 30 de octubre de 2017
Antes de litigar, mejor reflexionar (sobre la sostenibilidad y las posibilidades de éxito de la pretensión)
Entre otras
cosas, conviene valorar si la pretensión es sostenible y qué posibilidades de
éxito tiene. En efecto, la decisión estratégica de iniciar un proceso aconseja evaluar
las posibilidades de estimación de la concreta pretensión. Para ello ha de
atenderse tanto a aspectos jurídicos como a fácticos.
lunes, 2 de octubre de 2017
¿Son lo mismo los gastos y las costas procesales?
Gastos y costas contienen algunos elementos comunes, pero
conviene no confundir los conceptos. Los desembolsos económicos que han de realizar las partes con ocasión del
proceso son conocidos como gastos procesales. Según los términos literales del
art. 241.1.II LEC, son “gastos del proceso aquellos desembolsos que tengan su origen directo e
inmediato en la existencia de dicho proceso”.
domingo, 1 de octubre de 2017
lunes, 25 de septiembre de 2017
¿Un robot podrá llegar a valorar pruebas y a dictar sentencias sobre el fondo?
Sin embargo, resulta mucho más difícil que pueda llegar a ser apto para valorar pruebas y, a continuación, dictar sentencia sobre el fondo.
Siempre partiendo de un desarrollo avanzado de la
inteligencia artificial, no encuentro inconvenientes insalvables para que en
efecto pueda incluso llegar a sustituir al juez, al menos en la mayoría de los
supuestos.
lunes, 18 de septiembre de 2017
¿Un robot llegará a tener capacidad para ser parte y para realizar válidamente actos procesales?
Salvo que haya tecnologías ocultas o secretas para quien
suscribe, en la actualidad no existen elementos que permitan equiparar a un
robot con una persona. No se conoce una inteligencia artificial lo
suficientemente avanzada para ello, y desde luego, los problemas técnicos no
son pocos. Antes de llegar a ese punto igualmente ha de pasar un largo trecho
en el que se plantearán otros muchos problemas previos, como el uso de la
tecnología en el cuerpo humano, los robots asistenciales o lúdicos, o los que
derivan del uso de vehículos autónomos.
lunes, 11 de septiembre de 2017
Inteligencia Artificial y organización judicial, en especial, su distribución territorial
En el ámbito de la administración pública, ha empezado a
hablarse ya de la superación de las coordenadas de espacio y tiempo, entre
otras cosas, por realidades como el “teletrabajo”, “domicilio virtual”,
“enseñanza virtual”, “computación en la nube”, etc.
martes, 5 de septiembre de 2017
Implicaciones jurídicas derivadas de la existencia de robots autónomos en el contexto del Parlamento Europeo
Aunque el futuro siempre es incierto, el avance de las
tecnologías puede depararnos cambios en el ámbito jurídico y en el judicial que
van más allá de la mera tramitación procedimental. Me refiero a la inteligencia
artificial que pueda llegar a ser autónoma. Que el ser humano pueda recrear
artificialmente inteligencia autónoma, con capacidad para sentir de modo
similar al ser humano, esto es, en realidad una inteligencia artificial
equivalente o incluso superior a la humana, sin duda representa un futurible
incierto al que se anteponen en la actualidad demasiados problemas.
lunes, 31 de julio de 2017
Reflexiones iniciales sobre el poder de la Inteligencia Artíficial quizás autónoma en el ámbito jurídico-procesal
Las normas procesales actuales constatan nítidamente que son
permeables a los avances tecnológicos. Así, por ejemplo, con precedente en la
LO 16/1994, la LEC 1/2000 abrió definitivamente las puertas a las nuevas
tecnologías y, posteriormente, reformas como la operada por la Ley 42/2015 redoblan
la generalización, incluso obligatoria para los profesionales de la justicia, con el objetivo de mejorar el proceso a través de aprovechar las llamadas TICs.
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