Esta semana el formulario de un acto muy criticado, con razón, por la doctrina, pero que legalmente permite la suspensión del proceso
por sometimiento del asunto a mediación.
Expediente núm. (…)
AL JUZGADO (…) NÚM. (…) DE (…)
D./ña. (...), Procurador/a de los Tribunales, en nombre
y representación de D./ña. (...) (o de la
mercantil (…), con domicilio en (…), representación que se acredita
mediante...
copia de escritura notarial de poder general de fecha (...) otorgada
ante el Notario de (...) con núm. (...) de protocolo, que me lo confiere,
presento como documento núm. 1 y, previa constancia en autos, solicito su
devolución por necesitarla para otros usos,
(en su caso,
representación que se acredita mediante poder conferido apud acta por
comparecencia personal ante el Secretario judicial de la oficina judicial de
(…) o, en su caso, por comparecencia electrónica en la sede judicial, según
consta en la copia electrónica del poder notarial de representación informática
o digitalizada que se acompaña, o mediante la certificación de su inscripción
en el archivo electrónico de apoderamientos apud acta de la oficina judicial).
ante ese Juzgado comparezco con la asistencia del/de la
Abogado/a D./ña. (...), colegiado/a n.º (...), y, como mejor proceda en
derecho, DIGO:
Que mediante el presente escrito y en la representación
que ostento, vengo a formular, en tiempo (en
los diez días del plazo concedido para contestar a la demanda) y forma,
DECLINATORIA CON BASE EN LA FALTA DE JURISDICCIÓN POR SOMETIMIENTO DE LA
CUESTIÓN A MEDIACIÓN en el juicio (…) sobre (…) con núm. (…) de referencia.
Todo ello con base en los siguientes
HECHOS
Primero.- La actora ha formulado demanda de juicio (…)
sobre (…) alegando que (…). Como consecuencia de la misma se ha admitido la
demanda dándonos traslado de la demanda para contestación en el plazo de veinte
días en el juicio ordinario (o, en su
caso, de diez en el juicio verbal),
mediante notificación de fecha (...)
Segundo.- Tal y como consta en el acta de la sesión
informativa celebrada en fecha (…) y que se adjunta como documento núm. 2, las
partes se encuentran inmersas en un procedimiento de mediación, con el núm. (…)
y ante el mediador/a D./ña. (…) (o ante
la institución (…), habiendo sido emplazadas las partes a la sesión
constitutiva que tendrá lugar el próximo día (…)
Tercero.- La cuestión litigiosa planteada ahora por la
demandante se encuentra sometida a procedimiento de mediación, lo que supone
excluir el conocimiento del asunto por los órganos jurisdiccionales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. COMPETENCIA
De conformidad con lo previsto en el art. 63.2 LEC, la
declinatoria se propondrá ante el mismo tribunal que esté conociendo del pleito
y al que se considere carente de jurisdicción o de competencia, sin perjuicio
de que pueda presentarse también ante el tribunal del domicilio del demandado.
II. CAPACIDAD Y POSTULACIÓN
La parte que formula la presente declinatoria tiene
capacidad para ser parte y de actuación procesal, conforme a los arts. 6.1.1.º,
7.1 y 63.1 LEC.
En cuanto a la postulación comparece asistida con
abogado y procurador (o, en su caso, sin
abogado o procurador), según lo previsto en los arts. 21 y 31 LEC).
III. LEGITIMACIÓN
La proponente de la presente declinatoria es parte
procesal legítima, por haber sido demandada en el juicio (…), de los autos
referenciados.
Conforme el art. 39 LEC “el demandado podrá denunciar
mediante declinatoria la falta de competencia internacional o la falta de
jurisdicción por pertenecer el asunto a otro orden jurisdiccional o por haberse
sometido a arbitraje o mediación la controversia”. El art. 63.1 LEC prevé que
mediante la declinatoria, “el demandado y los que puedan ser parte legítima en
el juicio promovido podrán proponer declinatoria para denunciar la falta de
jurisdicción del tribunal ante el que se ha interpuesto la demanda, por
corresponder el conocimiento de ésta a tribunales extranjeros, a órganos de otro orden jurisdiccional, a
árbitros o a mediadores”.
IV. PROCEDIMIENTO ADECUADO
Ha de tramitarse y decidir la presente, por falta de
jurisdicción, mediante declinatoria, conforme a los arts. 63 y ss. LEC.
Procediendo igualmente la suspensión del plazo de diez días para pagar o
formular oposición hasta que sea resuelta, de conformidad con el art. 64.1 LEC.
Y todo para que, en definitiva, conforme previene el art. 65.2 LEC, el tribunal
al que tengo el honor de dirigirme se declare con falta de jurisdicción,
absteniéndose de conocer y sobreseyendo el proceso, por estimar la presente
declinatoria fundada en haberse sometido el asunto a arbitraje.
V. FONDO
El art. 10.2.II y III LMACM dispone que “durante el tiempo en que se desarrolle la
mediación las partes no podrán ejercitar contra las otras partes ninguna acción
judicial o extrajudicial en relación con su objeto, con excepción de la
solicitud de las medidas cautelares u otras medidas urgentes imprescindibles
para evitar la pérdida irreversible de bienes y derechos. El compromiso de
sometimiento a mediación y la iniciación de ésta impide a los tribunales
conocer de las controversias sometidas a mediación durante el tiempo en que se
desarrolle ésta, siempre que la parte a quien interese lo invoque mediante
declinatoria”.
Y el art. 39 LEC prevé que el demandado podrá denunciar
mediante declinatoria la falta de competencia internacional o la falta de
jurisdicción por pertenecer el asunto a otro orden jurisdiccional o por haberse
sometido a mediación la controversia.
Por todo lo expuesto, SOLICITO AL JUZGADO:
Que teniendo por presentado este escrito, con sus
documentos y copias, se sirva admitirlo y, en la representación que ostento,
tenga por formulada DECLINATORIA CON BASE EN LA FALTA DE JURISDICCIÓN POR
SOMETIMIENTO DEL ASUNTO A MEDIACIÓN, y en su consecuencia, se suspenda el curso
del proceso por el Letrado de la administración de justicia y, tras los
trámites oportunos, por estimar la presente declinatoria, conforme previene el
art. 65.2 LEC se declare ese juzgado con falta de jurisdicción, absteniéndose
de conocer y sobreseyendo el proceso, con imposición de las costas a la actora
si se opusiera a la misma.
En (...), a (...).
Fdo.: D./ña. (...) Fdo.:
D./ña. (...)
Colegiado núm. (...) Colegiado
núm. (...)
NOTA IMPORTANTE:
Lo que se ofrece en esta colección
no son ejemplos, sino meros formularios de escritos de parte en el proceso
civil.
Las expresiones que se utilizan
pretenden ser de las comúnmente empleadas en la práctica pero siempre se trata
de una cuestión de estilo.
Los formularios deben revisarse siempre
y en todo caso antes de cualquier utilización, tanto académica como en el foro.
El autor de este blog no se hace responsable de las consecuencias que pudieran
derivar por utilizar estos formularios, sobre todo sin la debida comprobación
de la vigencia y suficiencia de las normas aplicables. Siempre debe comprobarse
la vigencia y procedencia de las legislación mencionada o aplicada, así como la
eventual existencia de otras normas aplicables que lo puedan completar o
modificar.
En todo formulario ha de distinguirse
lo que exige la ley (en la demanda principalmente arts. 399 LEC y 437 LEC); lo
que es conveniente (por ejemplo, indicar el órgano jurisdiccional competente en
la parte superior y resaltado en mayúsculas y negrita); y lo que es simple
rutina o formalismo (como la expresión "suplico" en lugar de la más
actual "petición" o "solicitud"). Lo primero es
imprescindible, lo segundo es como mucho conveniente, y lo tercero, evitable.
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